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EDITORIAL
Una de las tantas violaciones de derechos que los niños, niñas y adolescentes padecen cotidianamente, involucra su derecho a la integridad física y/o psíquica.
La violencia, en cualquiera de sus múltiples formas y proveniente de diversas personas como también así de diversas instituciones (la escuela, los centros de salud, el sistema judicial, los medios de comunicación, por citar algunos), que muchas veces -por una mala o tardía atención- revictimizan, es un tema que todavía resta un largo camino por recorrer en pos de alcanzar un efectiva satisfacción de los derechos humanos de todas los niños, niñas y adolescentes.
La erradicación de la violencia es un problema y una preocupación que trasciende las fronteras del país. En el año 2006, el Secretario General de las Naciones Unidas presentó el Informe sobre la Violencia contra niños y niñas, un empeño mundial para trazar un panorama detallado sobre la naturaleza, el alcance y las causas de la violencia contra la infancia, y proponer unas recomendaciones claras sobre cómo actuar para impedir y responder a esta abierta violación a derechos básicos y fundamentales.
Este informe fue el resultado de un esfuerzo mancomunado por parte de una gran cantidad de países, a través de sus correspondientes organismos gubernamentales como de la sociedad civil, que sirvió de insumo para la elaboración de una serie de recomendaciones y medidas destinadas a evitar y/o abordar una problemática social tan compleja y múltiple como lo es la violencia contra niños, niñas y adolescentes.
En total consonancia con las conclusiones arribadas en este primer estudio de carácter internacional, y con el claro objetivo de colaborar en la prevención y tratamiento de la violencia hacia niños, niñas y adolescentes a nivel nacional, UNICEF viene llevando adelante dos acciones concretas relativas a la intervención de niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso y/o maltrato infantil desde el sistema judicial:
1) Acompañar y brindar asistencia técnica en la puesta en marcha de una Oficina de Violencia Doméstica dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y 2) La provisión de equipos de videograbación en todo el país para evitar las reiteradas declaraciones de niños, niñas y adolescentes en calidad de víctimas o testigos de delitos o violencia intrafamiliar y el correspondiente trabajo de apoyo, capacitación y acompañamiento que complementa esta provisión de los equipos.
La Oficina de Violencia Doméstica es la primera experiencia a nivel regional donde el máximo organismo de uno de los tres poderes del Estado (como lo es la Corte Suprema de Justicia de la Nación) toma a su cargo la creación de un dispositivo de atención y contención a las personas víctimas de violencia doméstica en la Ciudad de Buenos Aires, que presta sus servicios las 24 horas del día los 365 días del año por parte de profesionales provenientes de distintas disciplinas especializados en la temática.
Este recurso -en funcionamiento desde septiembre del 2008 en la Ciudad de Buenos Aires y que se pretende extender o replicar en las provincias-, facilita el acceso a justicia de las personas afectadas por la violencia doméstica quienes suelen desconocer las vías de entradas al sistema, racionalizando a la vez los recursos por la indudable mayor eficiencia que implican las oficinas comunes a diversos tribunales.
Como síntesis de la labor realizada por la Oficina en el primer año de funcionamiento, cabe destacar que se atendieron un total de 5942 casos. Del total de personas afectadas directas, el 82% son mujeres y el 18% restante hombres.
Del total de mujeres víctimas de violencia, 15% son personas entre 0 a 18 años de edad, destacando que en la gran mayoría de los casos denunciados, había niños y/o niñas “subafectadas”, es decir, aquellas que no se presentaron directamente a la Oficina de Violencia Doméstica pero que se las señalan como víctimas o que se observa que sus derechos están vulnerados o comprometidos por la situación de violencia en la cual viven.
Relacionado con esta población de “subafectados”, cabe destacar que en un 76% de las denuncias estos niños, niñas o adolescentes tenían un vínculo de parentesco –padre / madre e hijos- con la persona denunciada.
La segunda acción directa para la atención de niños, niñas y adolescentes víctimas o testigos de abuso y/o maltrato, involucra a la utilización de la tecnología como una herramienta hábil para evitar la reiteración de las declaraciones que realicen en los procesos judiciales que se siguen. Como es sabido, en ocasión de un delito como lo es el abuso sexual infantil o un ilícito civil como lo es la violencia familiar, el Estado debe tratar de compensar hasta el máximo posible el sufrimiento causado en la víctima. En particular, cuando se trata de delitos sexuales o de violencia intrafamiliar infringidos sobre niños, niñas y adolescentes, el Estado tiene una responsabilidad especial.
Es indudable que el escenario más propicio para los niños, niñas y adolescentes víctimas o testigos sería evitar revivir esa experiencia traumática durante el proceso. Para ello, se deben tomar medidas concretas tendientes a que la participación de los niños, niñas y adolescentes testigos o víctimas en el proceso judicial sea lo menos nociva posible. Desde hace algunos años, algunos efectores del sistema judicial comenzaron a utilizar el sistema de Cámara Gesell como método de protección de los niños, niñas y adolescentes a la hora de su declaración como víctimas o testigos.
Por este medio, se posibilita que al mismo tiempo que el niño, niña o adolescente es entrevistado por una especialista en una sala cerrada en situación de intimidad y relativa comodidad, esta declaración pueda ser observada y escuchada por el juez y las partes –el imputado o denunciado-, en una habitación contigua, buscando resguardar simultáneamente la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y el derecho de defensa del imputado o denunciado. Advirtiéndose las habilidades de este instrumento tecnológico, se ha provisto de un total de 24 equipos de videograbación (uno por ámbito provincial) con la correspondiente capacitación técnica y especializada para optimizar su utilización por parte de los diferentes operados del sistema judicial.
En suma, tal como se puede observar, el respeto y la protección contra el derecho a la integridad física y/o psíquica de niños, niñas y adolescentes es un problema complejo que necesitan ser abordado desde distintos y complementarios niveles de intervención. No sólo se debe profundizar en la erradicación de la violencia simbólica –aquella que proviene del lenguaje, de los estereotipos de género, de los mensajes violentos que emanan de los medios de comunicación- , sino también de otros ámbitos como la familia y las instituciones, entre otras. ¿Qué respuestas pueden dar las instituciones? Tanto las estatales como privadas, cada una dentro de sus ámbitos de incumbencia, pueden y deben hacer sus respectivos aportes para la erradicación de un flagelo tan abierto como evidente como lo es la violencia contra niños, niñas y adolescentes. Las dos experiencias sintetizas dan cuenta de diferentes formas de luchar contra la violencia, asumiendo la importancia de las instituciones como herramientas de transformación social. Como se ha sostenido en otra editorial y aquí se reafirma: “La calidad de vida de los niños, niñas y adolescentes (…) puede mejorarse con decisiones firmes que involucren a todos sus actores sociales”. El sector privado es uno de ellos, apoyando, incentivando y proponiendo iniciativas concretas como las que aquí se comparten.
Por UNICEF Argentina
www.unicef.org.ar
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